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Circulares

Circular No. 342


Estimado Cliente:

 

Por medio de la RG 4309, la AFIP unificó la normativa referida al Monotributo, y entre otras cosas generalizó el uso de la Factura Electrónica.

Hasta ahora solo estaban obligados los Monotributistas Categorías F a K, y el resto podía usar de forma optativa Factura Electrónica, Factura Manual (preimpresa por la Imprenta con CAI) o Registradora (ya sea Controladora Fiscal  o Registradora común).

 

Desde Octubre de este año (según el cronograma detallado en el siguiente párrafo) los Monotributistas solo podrán utilizar Factura Electrónica o Controlador Fiscal Homologado, dejando el talonario manual solo como resguardo en caso de inoperatividad del sistema obligatorio. 

 

Cronograma de implementación según la Categoría:

·        Categoría E: desde el 01/10/2018

·        Categoría D: desde el 01/12/2018

·        Categoría C: desde el 01/02/2019

·        Categoría B: desde el 01/03/2019

·        Categoría A: desde el 01/04/2019

 

La Factura Electrónica se puede confeccionar con Clave Fiscal desde una computadora en el sistema “Comprobantes en Línea”, como también con el celular por medio de la app “Facturador Movil”. La factura se puede imprimir, enviar por e-mail, WhatsApp, o cualquier otro medio electrónico conveniente. Dejamos un link donde AFIP explica como funciona la app móvil: https://www.youtube.com/watch?v=AvBB9hDN0a4

 

Desde el Estudio ya le completamos el trámite para que pueda utilizar el nuevo sistema electrónico. En caso de utilizar actualmente una Registradora común, puede optar por Factura Electrónica o cambiar a una Controladora Fiscal de Nueva Tecnología.

 

En caso de incumplir la normativa, AFIP podrá sancionar al contribuyente mediante la suspensión de la visualización de la constancia de cuit. También será motivo de dicha sanción el incumplimiento reiterado del pago electrónico de la cuota mensual del monotributo.

 

Por otro lado, cuando la AFIP detecte que los gastos del contribuyente superan las ventas declaradas, podrá recategorizar de oficio o excluir de pleno derecho al mismo, sin previo aviso.

 

Cordialmente.