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Circulares

Circular No. 340


Estimado Cliente,

Le informamos que por medio de la Resolución 519/2018, el Ministerio de Producción ha procedido a incrementar los valores máximos de ventas anuales con los que se encuadra a los contribuyentes en las categorías de “Microempresa”, “Pequeña Empresa” o “Mediana Empresa”.

Los nuevos valores son los siguientes:

 

Construcción

Servicios

Comercio

Industria

Agropecuario

Micro

7.400.000

5.800.000

19.800.000

16.800.000

4.800.000

Pequeña

47.300.000

34.600.000

119.200.000

102.200.000

30.000.000

Mediana tramo 1

378.900.000

289.000.000

1.001.800.000

829.900.000

228.900.000

Mediana tramo 2

568.300.000

412.800.000

1.431.200.000

1.212.800.000

363.100.000

 

El aumento promedio en los importes es del 60% con respecto al 2017, y de un 124% en comparación a los valores establecidos en 2016. Esta recategorización tiene importancia porque al actualizar los valores de facturación se evita que el incremento de las ventas producto del proceso inflacionario le haga perder a la empresa la condición o categoría junto con los beneficios impositivos que surgen de las medidas de apoyo a las PYME.

Por otro lado, se establecieron topes de permanencia en cada categoría según la cantidad de empleados de la empresa:

 

Construcción

Servicios

Comercio

Industria

Agropecuario

Micro

12

7

7

15

5

Pequeña

45

30

35

60

10

Mediana tramo 1

200

165

125

235

50

Mediana tramo 2

590

535

345

655

215

Estamos a su disposición por cualquier duda o aclaración necesaria.

Cordialmente.