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Circulares

Circular No. 424


Hemos resuelto, en tanto Ud. no opine lo contrario, en incrementar las remuneraciones mensuales a Directores de Sociedades Anónimas y Socios Gerentes de S.R.L., por los siguientes motivos que a continuación explicamos.:
 
A partir del año 2019, las utilidades en cabeza de los socios y accionistas fueron alcanzadas con una alícuota del 7%, con lo cual, la supuesta reducción de la alícuota general del Impuesto a las Ganancias a las Sociedades fue meramente simulada. En estos momentos, se está estudiando en el Congreso Nacional, volver a la anterior alícuota de tal impuesto al 35%, habida cuenta de que se ha aumentado el mínimo no imponible para trabajadores en relación de dependencia a $150.000.
 
Por otra parte, aquellas empresas que fueron “beneficiadas” en el 2020 por los ATP, no pueden distribuir dividendos por el termino de DOS AÑOS, por lo cual, en aquellas sociedades cerradas o familiares, los socios deberían vivir de sus ahorros.
 
Por tal motivo, luego de analizar tal situación, decidimos incrementar los retiros de socios y accionistas a través de sus remuneraciones, hecho que no está prohibido, al menos hasta ahora, más allá de la real situación de cada empresa, al solo efecto de poder bajar la carga impositiva, tanto de la sociedad como del socio o accionista, dado que, hasta $ 150.000.- no tributan impuesto a las ganancias los socios, la empresa deduce pleno los $ 150.000.- , y además, ahorran, en caso de corresponder, el 7% del Impuesto a los Dividendos.
 
Aquellos clientes que no efectúen retiros a través de remuneraciones, y quieran a partir de ahora hacerlo, solo deben remitirnos un mail con las instrucciones del caso, nosotros nos ocuparemos de confeccionar los recibos y cumplimentar los requisitos que marca la ley de Sociedades.
 
De no estar de acuerdo con esta política impositiva, les agradeceremos nos la comuniquen fehacientemente, a los efectos de determinar dichas remuneraciones de acuerdo a sus instrucciones.
 
Cordialmente.