Circular No. 427
Estimado Cliente:
La AFIP reglamentó la nueva escala de monotributo para el 2021 de forma retroactiva mediante la RG 5003/2021 publicada el 03/06/2021.
La normativa contempla que, a partir de la actualización de los parámetros y valores del monotributo, todos los contribuyentes del régimen simplificado sean categorizados en forma retroactiva a enero 2021. Por este motivo, en función a la categoría a la que cada uno quede sujeto, se genera una deuda o saldo a favor.
A aquellos que deban pagar la diferencia correspondiente a la actualización de su categoría podrán abonarla hasta el 20 de Julio de 2021, en tanto, quienes queden encuadrados en una categoría inferior a la que se encontraban, les computaremos el excedente de lo abonado para pagar los futuros vencimientos.
El sistema de AFIP estará procesando las diferencias mencionadas en el párrafo anterior hasta el 1 de Julio del corriente, por lo cual, a partir de esta fecha le estaremos enviando el detalle de la deuda, para que nos diga si la regulariza al contado mediante VEP o a través de un plan de facilidades de pago.
Cordialmente.
