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Circulares

Circular No. 428


Estimado Cliente:
 
La AFIP por medio de la Resolución General 5003/2021 cambió la forma de facturar a los monotributistas.
 
A partir del 1 de Julio de 2021, los Responsables Inscriptos deberán emitir comprobantes tipo “A” cuando le facturen a Responsables Monotributistas, en lugar de comprobantes tipo “B” (situación que se mantendrá hasta el 30/06/2021). Además de ser tipo “A”, deberá contener la siguiente leyenda: ‘El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, sólo podrá ser computado a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley Nº 27.618’
 
Los contribuyentes que utilicen Controladoras Fiscales homologados actualmente, hasta que sean actualizados los firmware de dichos equipos, cuando emitan comprobantes a Monotributistas deberán emitir comprobante tipo “A” identificándolos como IVA Responsable Inscripto incorporando la leyenda “Receptor del comprobante – Responsable Monotributo”.
 
Le recomendamos en caso de usar sistemas de facturación comunicarse con el proveedor del Software a fin de actualizar dichos sistemas.
 
Cordialmente.