Circular No. 441
Estimado cliente:
El Gobierno Nacional definió a través de la Resolución 27/2022 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en qué momento los trabajadores que contraigan coronavirus o sean contacto estrecho de un caso confirmado están en condiciones de regresar a su lugar de trabajo de manera presencial.
El esquema de vacunación es clave para determinar la cantidad de días en que los trabajadores deben retornar al puesto de trabajo y podrá hacerse sin necesidad de presentar resultado de test negativo, ni certificado de alta en las siguientes circunstancias:
• CASOS CONFIRMADOS DE COVID-19:
1) Trabajadores sin vacunación o con esquema incompleto: A los 10 días de la fecha de inicio de síntomas o para personas asintomáticas, desde la fecha del diagnóstico.
2) Trabajadores con esquema de vacunación completo (Con menos de 5 meses de completado el esquema o aplicada la dosis de refuerzo): A los 7 días de la fecha de inicio de síntomas o para personas asintomáticas, desde la fecha del diagnóstico, cumpliendo en los 3 días posteriores.
• CONTACTOS ESTRECHOS ASINTOMATICOS:
1) Trabajadores sin vacunación o con esquema incompleto (Sin vacunar o con más de 5 meses de la aplicación de la última dosis): A los 10 días desde el ultimo contacto con el caso confirmado.
2) Trabajadores con esquema de vacunación completo (Con menos de 5 meses de completado el esquema o que hayan tenido COVID-19 en los últimos 90 días): Pueden volver a sus actividades laborales maximizando medidas preventivas (Uso de barbijo obligatorio y con ambientes con ventilación cruzada permanentemente). Se sugiere realización de test entre el tercer y quinto día y un automonitoreo de síntomas de forma diaria.
3) Trabajadores con esquema de vacunación completo + refuerzo con mas de 14 días de la última aplicación: Pueden volver a sus actividades laborales siguiendo las mismas medidas preventivas mencionadas del caso anterior.
Quedamos a su disposición para eventuales aclaraciones sobre el particular.
Cordialmente.
