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Circulares

Circular Nro 482


Estimado Cliente:

Le compartimos información para mantenerlos actualizados sobre el Proyecto de “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” que se votó favorablemente en Diputados y que ahora será considerado por el Senado.

Detallamos a continuación los cambios significativos en materia fiscal y laboral:

Monotributo:

El limite de facturacion anual para ser monotributista subirá a $68.000.000. A su vez, se adecúa a la categoría máxima el tope anual de ingresos tanto para actividades de comercio como de servicios.

Se aplicará un incremento sobre los importes que pagan mensualmente los monotributistas

A demás, se ofrece la oportunidad única de volver al Monotributo, sin tener que esperar tres años, para aquellos contribuyentes que hayan sido excluidos a partir del 1 de enero de 2024 debido a cambios en los límites de facturación.

Blanqueo de Capitales:

Se permitirá regularizar hasta u$s100.000 en efectivo, inmuebles, acciones u otros bienes (como por ejemplo criptomonedas) sin pagar impuestos

Para aquellos montos que superen los USD 100.000, el proyecto propone alícuotas progresivas del 5%, 10% y 15%, dependiendo del momento en que los contribuyentes decidan adherirse al régimen. Estas tasas variarán en tres etapas específicas, diseñadas para fomentar una pronta adhesión.

Moratoria impositiva:

El Gobierno plantea un nuevo régimen amplio de regularización de obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social.

Todos los contribuyentes podrán acogerse por las obligaciones tributarias vencidas al 31 de marzo de 2024 inclusive, desde la fecha de entrada en vigencia de la reglamentación que dicte la AFIP y hasta transcurrido 150 días corridos.

Bienes Personales:

Hay una reducción de la alícuota para el periodo 2023. Y para los contribuyentes cumplidores hay otra reducción de medio punto adicional.

Se crea un régimen especial de ingreso anticipado del impuesto sobre los Bienes Personales, denominado REIBP.

Este régimen permite al contribuyente elegir el pago anticipado del impuesto durante cinco años, desde 2023 hasta 2027 inclusive, con una serie de beneficios asociados:

  • En primer lugar, el impuesto se calculará utilizando una alícuota del 0,45%, que es más baja que la actual para el primer tramo.
  • En segundo lugar, el contribuyente queda eximido de presentar y tributar bienes personales durante esos cinco años aunque tenga incrementos en su patrimonio.
  • Por último, se garantiza una estabilidad fiscal hasta 2038 en lo que respecta al impuesto sobre bienes personales y cualquier otro tributo nacional que grave los activos del contribuyente, limitando el aumento de la carga fiscal por tributos patrimoniales, a una alícuota máxima del 0,25%.

Además, se prevé una reducción gradual de la alícuota para los siguientes 5 períodos fiscales

Otra de las modificaciones en Bienes Personales es la eliminación del diferencial de alícuotas por tener activos en el exterior. En los últimos años rigió una tabla especial, con un tributo más caro por los bienes que están fuera del país.

Impuesto a las Ganancias:

Se establece un nuevo valor a partir del cual los trabajadores en relación de dependencia pagarían el impuesto: $ 1.800.000 para solteros/as y $ 2.300.000 para casados/as con dos hijos.

Se introduce una nueva escala de alícuotas, que irá del 5% al 35%, otorgando así una mayor progresividad al sistema de cálculo, Esto implica que aquellos con salarios más altos estarán sujetos a una tasa impositiva mayor. Por ejemplo: La tasa máxima del 35% comenzaría a aplicarse a partir de un salario bruto mensual de alrededor de $4.300.000.

Por otro lado, el proyecto establece que las deducciones personales y los tramos de las escalas del impuesto se ajustarán anualmente por la variación el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC.

Estas modificaciones también favorecen a los Autónomos (Inscriptos, Socios, directores y Gerentes), que pagaran menos Impuesto a las Ganancias

 

Modificaciones Laborales:

Se extiende el periodo de Prueba de 3 a 6 meses para empresas de más de 100 trabajadores; de 8 meses para PyMES de 6 a 99 trabajadores; y de un año para Mini PyMES de hasta 5 trabajadores

En paralelo, se deroga las multas para aquellas empresas que tengan trabajadores no registrados. Esto es con el objetivo de avanzar en la supresión de los juicios laborales, ya que las multas representan en la actualidad un ítem clave ante un reclamo judicial impulsado por trabajadores ante despidos sin causa.

Por otro lado, se plantea la implementación de un fondo de cese laboral optativo. establece que el fondo de cese será con un aporte de hasta el 8 % de las remuneraciones

Recordamos que este es un proyecto de Ley que ahora está tratando el Senado. Esperemos que lo traten de la misma forma que trataron el aumento de sus dietas en la que tardaron 50 segundos en aprobar.
 

Estamos a su disposición por cualquier duda o aclaración necesaria.

Cordialmente.