Circular Nro 489
Estimado Cliente:
Los cambios en el Monotributo que estableció la Ley 27.743 Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes fueron los siguientes:
Hay un nuevo tope de Facturación anual: El monto máximo para permanecer en el Monotributo pasa a $68.000.000 anuales.
También se agregan 3 categorías de servicios, la I, J y K, unificándolas con las de ventas.
Las categorías quedan de la siguiente forma:
El precio máximo unitario para la venta de bienes pasó a $385.000, y el de alquileres pasa de $1.500.000 a $4.500.000 según la categoría
Estos valores se actualizarán semestralmente por IPC.
En la recategorización que se efectúa este mes se tiene en cuenta la facturación entre el 01/07/2023 al 30/06/2024, que determinará la nueva categoría.
La AFIP por medio de la Resolución General 5523/2024 prorrogó la recategorización de Julio hasta el día 2 de agosto de 2024. Tendrá efectos para los pagos desde el 1 de agosto de 2024 y el 31 de enero de 2025.
El Estudio se encuentra en proceso de recategorización. Cuando tengamos las nuevas credenciales las enviaremos a fin de mostrar los valores a pagar para el siguiente semestre.
Si lo tiene adherido por débito automático no tendrá que hacer nada. Recordamos que, si está adherido al débito, AFIP devuelve una cuota del impuesto en abril de cada año.
Cordialmente.
