Circular No. 366
Estimado Cliente:
De acuerdo a lo determinado por el Poder Ejecutivo Nacional, a partir del mes de Enero de 2020 el personal en relación de dependencia percibirá una suma fija, en Enero de $ 3.000 y de Febrero en adelante de $ 4.000, los cuales serán considerados como pago a cuenta de los acuerdos paritarios para el año 2020.
Asimismo, en el convenio suscripto por el Sindicato de Empleados de Comercio para el año 2019, en el último tramo determinado para el mes de Enero 2020 se deben incrementar los salarios en el orden del 4,5%.
Por lo tanto, el incremento salarial determinado para Empleados de Comercio por el primer trimestre de 2020, y hasta tanto no se expida la Convención Paritaria, asciende a un 15% aproximadamente sobre los salarios de Diciembre 2019.
Dada la incidencia en nuestros costos de la carga salarial y sus respectivos aportes previsionales, hemos determinado un incremento tarifario en los siguientes términos:
- Un incremento aproximado del 10/12% a partir del mes de Enero 2020.
- La diferencia incremental será ponderada a partir del mes de Abril 2020, salvo que la Convención Colectiva de Trabajo determine incrementos a partir de esa fecha.
Quedamos a su disposición para eventuales aclaraciones sobre el particular.
