Circular No. 368
Estimado Cliente:
La Ley de Solidaridad Social estableció un régimen de regularización de deudas impositivas, previsionales y aduaneras, para todas aquellas empresas que hayan obtenido o gestionen hasta el 30 de Abril de 2020 su certificado MiPyme.
Los principales aspectos de este nuevo plan de facilidades de pago son los siguientes:
1 – Solo tendrán acceso a el, los contribuyentes que obtengan el Certificado MIPYME. En el caso de clientes de nuestro Estudio, el mismo ha sido gestionado y obtenido por nosotros en tiempo y forma, para aquellos contribuyentes que reunían los requisitos de cumplimiento necesarios.
2 – El plan estará disponible a partir del día 17 de Febrero hasta el 30 de Abril de 2020.
3 – Alcanza a deudas por obligaciones tributarias y previsionales vencidas al 30 de Noviembre de 2019. No incluye deudas con ART ni Obras Sociales.
4 – Se pueden incluir Planes de facilidades anteriores, caducos o vigentes.
5 – El plan otorga hasta 120 cuotas para deudas tributarias, y 60 cuotas para deudas previsionales.
6 – Condona totalmente las multas, y parcialmente intereses, aunque no podemos precisar todavía el alcance de la quita de dichos intereses.
7 – La tasa de financiación de dicho plan es 3% mensual por los primeros 12 meses, y a partir del año, se aplicara una tasa variable, no determinada.
8 – Las adhesiones hasta el 31 de marzo podrán solicitar hasta 120 cuotas, con un pago a cuenta del 1% del capital devengado. Las adhesiones posteriores, y hasta el 30 de abril, tendrán hasta 90 cuotas, con un pago a cuenta del 3%.
Estamos a la espera de la reglamentación e instrumentación de dicho plan, así como las habituales aclaraciones y correcciones a la normativa. Dada la importancia de dicha regularización, este Estudio analizara cada caso para efectuar la propuesta que consideremos mas conveniente para nuestro cliente.
Quedamos a su disposición para eventuales aclaraciones sobre el particular.
