Circular No. 378
Estimado Cliente
A partir de la habilitación por parte de la AFIP de la inscripción en el registro de empresas alcanzadas por los beneficios de las Resoluciones 4693 y 4694 informadas oportunamente, hemos iniciado la inscripción de las empresas en dicho registro, a fin de solicitar la prórroga de los aportes patronales a la Seguridad Social (ítem 351 del formulario 931). Esperamos una respuesta positiva por parte de la AFIP, aclarando desde ya que el resto de los ítems de dicho formulario vencen a partir del día 16/4/2020. En caso de que la solicitud sea rechazada, se deberá abonar dicho item en tiempo y forma, o en algún plan de facilidades.
Con relación a los beneficios consistentes en la asignación de una contribución especial por parte de ANSES consistente en un salario mínimo vital y móvil, de corresponder, o la tramitación de los REPRO, según lo informado en nuestras circulares anteriores, aun no se ha establecido el mecanismo para su consecución.
Lo mantendremos permanentemente informado sobre todo lo relacionado a las cuestiones impositivas y previsionales.
