Novedades
Impuesto PAIS alícuotas para la importación bienes y servicios. Decreto 377/2023
Impuesto PAIS Servicios: se generaliza el impuesto País para no residentes al 25% para todos los servicios, excepto:
(i) Fletes, que se le aplicara la alícuota del 7,5%;
(ii) Salud y Educación, exentos por artículo 36 de la Ley 27.541, y;
(iii) Recitales, que ya paga el 30%.
El impuesto lo perciben los bancos al momento de que los importadores acceden al MLC. No se aplica si se paga con dólares propios.
Impuesto PAIS Bienes: se generaliza el impuesto País al 7,5% para todos los bienes, excepto:
(i) Medicamentos y material para combatir el fuego, exentos por artículo 36 de la Ley 27.541,
(ii) Suntuarios, que ya pagan el 30%,
(iii) Combustibles, lubricantes, bienes vinculados a la generación de energía, así como insumos y bienes intermedios vinculados a la canasta básica alimentaria, seguirán sin pagar el Impuesto País.
La percepción se aplica sobre todas las importaciones, incluidas los ingresos a Zona Franca y Area Aduanera Especial de Tierra del Fuego.
El impuesto se cobra directamente en el Despacho de Aduana con el código 09
- Categoria:
- AFIP
Filtro
Más Leidas
-
Prohibicion de despidos22-04-2021 -
Facturacion sin identificacion21-08-2020 -
Datos en Consumidor Final04-08-2021 -
Monotributo - plazo para saldar cuotas24-06-2021 -
AGIP: Retenciones de Ingresos Brutos15-01-2019
