Novedades
IVA 0% para la canasta básica
Mediante el Decreto 603/2019, el Gobierno agregó como beneficiarios de la "exención" (alícuota 0%) a los Monotributistas y a las Microempresas (Responsables Inscriptos categorizados como tal) que pertenezcan a las siguientes actividades:
471120-Venta al por menor en supermercados
471130-Venta al por menor en minimercados
471190-Venta al por menor en kioscos
471900-Venta al por menor en comercios no especializados
472111-Venta al por menor de productos lácteos
472120-Venta al por menor de productos de almacén y dietética
472140-Venta al por menor de huevos y carnes
472160-Venta al por menor de frutas, legumbres y hortalizas frescas
472171-Venta al por menor de pan y productos de panadería
472190-Venta al por menor de productos alimenticios
478010-Venta al por menor de alimentos, bebidas y tabaco en puestos móviles y mercados
478090-Venta al por menor de productos n.c.p. en puestos móviles y mercados
Para usufructuar dicho beneficio, la Microempresa debe inscribirse en un Registro Especial mediante clave fiscal de AFIP, inscripción que luego se verá reflejada en la "Constancia de Inscripción" de AFIP.
Con este nuevo decreto, se aumenta el impacto de la eliminación temporal del IVA en los productos de la canasta básica alimentaria y se reduce el precio de los mismos significativamente.
- Categoria:
- AFIP
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